A partir del 1ero de octubre 2021 la economía venezolana experimentará su tercer proceso de reconversión monetaria denominado por el Banco Central de Venezuela (BCV) “Nueva Expresión Monetaria”, pasados tan solo 3 años, 1 mes y 11 días del segundo proceso de reconversión de fecha 20 de agosto 2018, que incluyó dos ampliaciones de cono monetario (junio 2019 y marzo 2021), y tal y como su proceso predecesor (primera reconversión monetaria de 01 de enero 2008), no cambió la tendencia de depreciación monetaria del Bolívar.
Esta Nueva Expresión Monetaria tiene la particularidad de orientar la atención hacia la creación de un “Bolívar Digital”, sin embargo, en los documentos oficiales del BCV no se especifica ¿Qué? o ¿Cómo? sería su instrumentación en esta nueva propuesta. Lo que si se explica es que el código ISO para el Bolívar se mantiene igual (VES), denominándose sólo “Bolívar”. Todo esto ocurre en una situación de hiperinflación continuada (ya 45 meses) caída del PIB (-2,2% en 12 meses según cálculos del Observatorio Venezolano de Finanzas OVF) y mayor uso en el mercado interno de divisas (USD, COP, EUR y BRL), así como también de Oro y Criptoactivos.
Entre los aspectos a resaltar de la medida se encuentran: 1.- Todas las expresiones en moneda resultantes de dividir entre 1.000.000, se encontrarán reexpresadas. 2.- La reexpresión resultante estará sujeta a la regla de redondeo propuesta, donde la parte entera se mantiene y los primeros tres decimales se evalúan para redondear, en atención a si en tercer decimal es igual o superior a 5, o si es inferior a 5. De ser el primer escenario, se le suma 1 al segundo decimal, y de ser el segundo escenario, se deja tal y como está. 3.- Las unidades enteras resultantes de la reexpresión, son divisibles entre 100 céntimos. 4.- No todos los precios de bienes y servicios son susceptibles de la aplicación de la precitada regla de redondeo, existen excepciones en casos tales como: gasolina, gas licuado, impuestos, tasas y contribuciones, tipos de cambio, etc., que se expresarán con 8 decimales.
Es importante destacar que la Nueva Expresión Monetaria afectará Sueldos, Salarios, Pensiones, Jubilaciones, Liquidaciones y todas aquellas prestaciones y obligaciones con los trabajadores, por ello es determinante la comunicación fluida y transparente con los obreros, empleados y trabajadores contratados, acerca de los cambios a experimentar por efecto de este cambio en su remuneración a partir del 1 de octubre 2021. En este mismo orden de ideas, toda la información financiera, contable, presupuestaria y de tesorería de las personas naturales, jurídicas y gobierno, experimentarán un cambio en sus expresiones en moneda, razón por la cual a nivel gerencial y de dirección se deben tomar las previsiones del caso.
Desde el 1 de septiembre 2021 existe la obligatoriedad de expresar todos los precios de los bienes y servicios en ambas denominaciones, para sensibilizar a los consumidores y usuarios de los productos y servicios en el mercado interno. De igual forma, el BCV anuncia la co-circulación de los billetes del cono monetario 2018 (10.000 Bs., 20.000 Bs., 50.000 Bs., 100.000 Bs., 200.000 Bs., 500.000 Bs. y 1.000.000 Bs.) junto con las especies del nuevo cono monetario 2021. Esto significa que los billetes del 2018 circularán con su valor facial original, pero el usuario los debe entender reexpresados, convirtiéndose estos billetes en los centavos de la Nueva Expresión Monetaria, en los siguientes términos: 10.000 Bs. = 0,01 Bs., 20.000 Bs. = 0,02 Bs., 50.000 Bs. = 0,05 Bs., 100.000 Bs. = 0,10 Bs., 200.000 Bs. = 0,20 Bs., 500.000 Bs. = 0,50 Bs. y 1.000.000 Bs. = 1 Bs.
El directorio del BCV determinará la extensión en tiempo de la obligatoriedad en la publicación de los precios de los bienes y servicios en ambas denominaciones, así como también la co-circulación de billetes del cono monetario 2018 junto con el cono monetario 2021. Este proceso de Nueva Expresión Monetaria ocurrirá bajo los principios de Gratuidad, Fungibilidad y Equivalencia Nominal. Las instancias de supervisión que forman parte del Sistema Financiero Público Nacional quedan facultadas para garantizar la correcta asunción de la Nueva Expresión Monetaria, evitando aumentos de precio y especulación en la asignación de los precios de los bienes y servicios.
En general, cada persona, empresa e instancia pública debe evaluar en justa medida el efecto de la Nueva Expresión monetaria sobre su actividad económica, por esa razón los invitamos a leer de primera mano los documentos oficiale publicados en Gaceta Oficial por el BCV, así como también los Pronunciamientos de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) y entes de control y supervisión económica-financiera del sector público que mostramos a continuación:
Gaceta Oficial # 42.185 de fecha 06-08-2021
Gaceta Oficial # 42.191 de fecha 16-08-2021
Pronunciamiento relacionado al proceso de Nueva Expresión Monetaria BCV de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV)
Circular ONCOP-2021-CIR 004 de la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP)
Econ. Aarón Olmos Esp. MSc.
CEO Olmos Group Venezuela
Profesor invitado IESA